Logo University of the Serena
Logo Accreditation of the University of La Serena

Programas de Beneficios Internos Estudiantiles de la Universidad de La Serena

A la fecha, no se han iniciado procesos de postulación a becas estudiantiles internas para el año 2026

Año de publicación:

2025

Nombre del programa:

Beca de Almuerzo

Unidad responsable, Órgano interno o dependencia que lo gestiona:

Departamento de Bienestar Estudiantil

Requisitos y antecedentes para postular:

  • Alumnos de primer año:
    • Alumno/a Regular
    • Promedio de Notas de Enseñanza Media Igual o Superior a 5,5
    • Promedio PTU o PAES (Compresión Lectora y Matemática), Igual o Superior a 550.
    • Obtener Porcentaje que Acredite Situación de Vulnerabilidad Multifactorial en el Instrumento de Evaluación del Departamento de Bienestar Estudiantil
  • Alumnos de cursos superiores:
    • Alumno/a Regular
    • Promedio Semestral de Nota Mínimo 4.5 en el Semestre Cursado Inmediatamente Anterior al de Postulación del Beneficio y Rendimiento Académico de un 75%.
    • No Haber Excedido la Duración Formal de su Carrera Más un Año
    • Obtener Porcentaje que Acredite Situación de Vulnerabilidad Multifactorial en el Instrumento de Evaluación del Departamento de Bienestar Estudiantil

Unidad monetaria:

Pesos chilenos

Monto global asignado:

Ítem Alimentación de Presupuesto Anual Asignado a la Unidad: $95.000.000

Fecha de inicio y término del periodo de postulación:

ABRIL

Criterios de evaluación y asignación:

La Asignación de los Beneficios se Efectúa Considerando el Cumplimiento de los Requisitos Generales y Específicos para Cada Beneficio, a la Evaluación Socioeconómica de Cada Caso y al Presupuesto Destinado para Ello de Manera Semestral.

Plazos asociados a procedimiento de evaluación y asignación, si corresponde:

ABRIL-MAYO

Objetivo del subsidio o beneficio:

Entrega de Alimentación a Los/las Estudiantes en los Casinos y Cafeterías de la Universidad

Individualización del acto por el que se estableció el programa:

Resolución Exenta N°143 del 14 de mayo del 2014

Aprueba el Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Programa de Asistencia Socioeconómica en Materias de Alimentación y Dinero del Departamento de Bienestar Estudiantil Dependiente de la Dirección General de Asuntos Estudiantiles de la Universidad de La Serena

Número máximo de beneficiarios a los que se les puede otorgar, atendido el monto global asignado:

Se asignan directamente becas de alimentación con cupos para 50 estudiantes y además subvenciones para alimentación en Casino y cafeterías Universitarias

Vínculo a la página web institucional y/o documento con información complementaria

A esta fecha, no se han registrado beneficiarios para informar por concepto de esta beca

Año de publicación:

2025

Nombre del programa:

Beca de Dinero para almuerzo

Unidad responsable, Órgano interno o dependencia que lo gestiona:

Departamento de Bienestar Estudiantil

Requisitos y antecedentes para postular:

  • Alumnos de primer año:
    • No Aplica para Estudiantes de 1er Año
  • Alumnos de cursos superiores:
    • Alumno/a Regular en Práctica Profesional.
    • Promedio de Nota 4.5 y Rendimiento Académico de un 75% Semestre Cursado Inmediatamente Anterior al de Postulación del Beneficio (Alumnos/as de Cursos Superiores). En las Postulaciones de 2do Semestre, en el Caso de Estudiantes de Curso Superior que Cursen Carreras con Régimen de Estudios Anual, Será Considerado el Promedio Semestral de Notas del Año Anterior
    • Obtener Porcentaje que Acredite Situación de Vulnerabilidad Multifactorial en el Instrumento de Evaluación del Departamento de Bienestar Estudiantil
    • Acreditar con Documento Emitido por su Escuela la Realización de Práctica Profesional en Lugar y Horario que Impida su Desplazamiento a Casino o Cafetería de ULS

Unidad monetaria:

Pesos chilenos

Monto global asignado:

Ítem Becas en Dinero de Presupuesto Anual Asignado a la Unidad: $80.000.000

Fecha de inicio y término del periodo de postulación:

ABRIL

Criterios de evaluación y asignación:

La Asignación de los Beneficios se Efectúa Considerando el Cumplimiento de los Requisitos Generales y Específicos para Cada Beneficio, a la Evaluación Socioeconómica de Cada Caso y al Presupuesto Destinado para Ello de Manera Semestral.

Plazos asociados a procedimiento de evaluación y asignación, si corresponde:

ABRIL-MAYO

Objetivo del subsidio o beneficio:

Ayudar a Los/as Estudiantes Regulares de la Universidad que se Encuentran Realizando Práctica Profesional con la Entrega de Dinero para su Alimentación, Cuando se Encuentran Impedidos de Acudir a las Dependencias de Casinos o Cafeterías Universitarias.

Individualización del acto por el que se estableció el programa:

Decreto Exento N°143 del 14 de mayo del 2014

Aprueba el Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Programa de Asistencia Socioeconómica en Materias de Alimentación y Dinero del Departamento de Bienestar Estudiantil Dependiente de la Dirección General de Asuntos Estudiantiles de la Universidad de La Serena

Número máximo de beneficiarios a los que se les puede otorgar, atendido el monto global asignado:

30

Vínculo a la página web institucional y/o documento con información complementaria

A esta fecha, no se han registrado beneficiarios para informar por concepto de esta beca

Año de publicación:

2025

Nombre del programa:

Beca de Dinero

Unidad responsable, Órgano interno o dependencia que lo gestiona:

Departamento de Bienestar Estudiantil

Requisitos y antecedentes para postular:

  • Alumnos de primer año:
    • Alumno/a Regular
    • Promedio de Notas de Enseñanza Media Igual o Superior a 5,5
    • Promedio PTU o PAES (Compresión Lectora y Matemática), Igual o Superior a 550.
    • Obtener Porcentaje que Acredite Situación de Vulnerabilidad Multifactorial en el Instrumento de Evaluación del Departamento de Bienestar Estudiantil
  • Alumnos de cursos superiores:
    • Alumno/a Regular, Promedio Semestral de Nota Mínimo 4.5 en el Semestre Cursado Inmediatamente Anterior al de Postulación del Beneficio y Rendimiento Académico de un 75%.
    • Obtener Porcentaje que Acredite Situación de Vulnerabilidad Multifactorial en el Instrumento de Evaluación del Departamento de Bienestar Estudiantil

Unidad monetaria:

Pesos chilenos

Monto global asignado:

Ítem Becas en Dinero de Presupuesto Anual Asignado a la Unidad: $80.000.000

Fecha de inicio y término del periodo de postulación:

Abril

Criterios de evaluación y asignación:

La Asignación de los Beneficios se Efectúa Considerando el Cumplimiento de los Requisitos Generales y Específicos para Cada Beneficio, a la Evaluación Socioeconómica de Cada Caso y al Presupuesto Destinado para Ello de Manera Semestral.

Plazos asociados a procedimiento de evaluación y asignación, si corresponde:

ABRIL-MAYO

Objetivo del subsidio o beneficio:

Apoyar a Los/as Estudiantes que Deben Incurrir en Gastos Derivados de Sus Estudios en la Universidad

Individualización del acto por el que se estableció el programa:

Decreto Exento N°143 del 14 de mayo del 2014

Aprueba el Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Programa de Asistencia Socioeconómica en Materias de Alimentación y Dinero del Departamento de Bienestar Estudiantil Dependiente de la Dirección General de Asuntos Estudiantiles de la Universidad de La Serena

Número máximo de beneficiarios a los que se les puede otorgar, atendido el monto global asignado:

754

Vínculo a la página web institucional y/o documento con información complementaria

A esta fecha, no se han registrado beneficiarios para informar por concepto de esta beca

Año de publicación:

2025

Nombre del programa:

Beca de Residencia

Unidad responsable, Órgano interno o dependencia que lo gestiona:

Departamento de Bienestar Estudiantil

Requisitos y antecedentes para postular:

  • Alumnos de primer año:
    • Alumno/a Regular
    • Promedio de Notas de Enseñanza Media Igual o Superior a 5,5
    • Promedio PTU o PAES (Compresión Lectora y Matemática), Igual o Superior a 550.
    • Obtener Porcentaje que Acredite Situación de Vulnerabilidad Multifactorial en el Instrumento de Evaluación del Departamento de Bienestar Estudiantil
    • Acreditar que Durante el Periodo Académico Vive Fuera de su Lugar de Residencia Familiar Generando Gastos por Pago de Pensión o Arriendo de Vivienda Debidamente Respaldado con Contrato de Arriendo y Pagos Vía Transferencias Electrónicas o Depósito Bancario Concordantes con los Datos del Contrato (Se Excluye a Estudiantes Desvinculados de su Grupo Familiar).
  • Alumnos de cursos superiores:
    • Alumno/a Regular, Promedio Semestral de Nota Mínimo 4.5 en el Semestre Cursado Inmediatamente Anterior al de Postulación del Beneficio y Rendimiento Académico de un 75%.
    • Obtener Porcentaje que Acredite Situación de Vulnerabilidad Multifactorial en el Instrumento de Evaluación del Departamento de Bienestar Estudiantil
    • Acreditar que Durante el Periodo Académico Vive Fuera de su Lugar de Residencia Familiar Generando Gastos por Pago de Pensión o Arriendo de Vivienda Debidamente Respaldado con Contrato de Arriendo y Pagos Vía Transferencias Electrónicas o Depósito Bancario Concordantes con los Datos del Contrato (Se Excluye a Estudiantes Desvinculados de su Grupo Familiar).

Unidad monetaria:

Pesos chilenos

Monto global asignado:

Ítem Becas de Residencia de Presupuesto Anual Asignado a la Unidad: $57.000.000

Fecha de inicio y término del periodo de postulación:

ABRIL

Criterios de evaluación y asignación:

La Asignación de los Beneficios se Efectúa Considerando el Cumplimiento de los Requisitos Generales y Específicos para Cada Beneficio, a la Evaluación Socioeconómica de Cada Caso y al Presupuesto Destinado para Ello de Manera Semestral

Plazos asociados a procedimiento de evaluación y asignación, si corresponde:

ABRIL-MAYO

Objetivo del subsidio o beneficio:

Entregar un Aporte Económico a los y las Estudiantes que Residen en el Periodo Académico Fuera de su Lugar de Residencia Familiar y que Deben Incurrir en Gastos de Arriendo o Pago de Pensión

Individualización del acto por el que se estableció el programa:

Decreto Exento N°143 del 14 de mayo del 2014

Aprueba el Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Programa de Asistencia Socioeconómica en Materias de Alimentación y Dinero del Departamento de Bienestar Estudiantil Dependiente de la Dirección General de Asuntos Estudiantiles de la Universidad de La Serena

Número máximo de beneficiarios a los que se les puede otorgar, atendido el monto global asignado:

224

Vínculo a la página web institucional y/o documento con información complementaria

A esta fecha, no se han registrado beneficiarios para informar por concepto de esta beca

Año de publicación:

2026

Nombre del programa:

Beca de Embajadores

Unidad responsable, Órgano interno o dependencia que lo gestiona:

Requisitos y antecedentes para postular:

Unidad monetaria:

Pesos chilenos

Monto global asignado:

Monto global del programa: $3.456.000

Fecha de inicio y término del periodo de postulación:

Inicio: 20 de marzo de 2026 y Término 02 de abril de 2026

Criterios de evaluación y asignación:

Currículum Vitae: Se evaluará la experiencia en la gestión, organización, producción de iniciativas artístico-culturales, y la existencia de una vinculación previa con las artes. Motivación y compromiso: Se evaluará la motivación y el compromiso que expresa. Disponibilidad horaria: Se evaluará la disponibilidad horaria que cuenten él o la estudiante manifestada al momento de la postulación.

Plazos asociados a procedimiento de evaluación y asignación, si corresponde:

Evaluación de antecedentes: hasta el 30 de abril de 2026, fecha en que se suscribió el acta de evaluación. Publicación de resultados 02 de junio de 2026

Objetivo del subsidio o beneficio:

Apoyar la participación de estudiantes de pregrado de la Universidad de La Serena en el Programa Estudiantes Embajadores Escena Cultural, mediante el otorgamiento de una beca estudiantil que permita fortalecer las actividades de promoción, difusión, vinculación con públicos y apoyo a la ejecución de actividades artísticas, culturales y patrimoniales del proyecto ADAIN ULS2493 “Escena Cultural: artes, literatura y patrimonio”.

Individualización del acto por el que se estableció el programa:

Resolución Exenta N°13 del 4 de marzo del 2026

Aprueba convocatoria año 2026 para el Programa de estudiantes embajadores Escena Cultural, denominado “Embajadores Escena Cultural: artes, literatura Código ULS2493”, de la Dirección de Vinculación con el Medio y Extensión.

Número máximo de beneficiarios a los que se les puede otorgar, atendido el monto global asignado:

8

Vínculo a la página web institucional y/o documento con información complementaria